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¿Cuáles son los límites del recurso de apelación?

Los nuevos argumentos no pueden ser materia de aceptación en la alzada para proteger los derechos al debido proceso.
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15 de Junio de 2022

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La Sección Primera del Consejo de Estado advirtió que cuando se presentan en el recurso de apelación nuevos hechos, cargos y pretensiones que no se invocaron en la demanda ni en la contestación y no fueron valorados en la sentencia de primera instancia el fallador de segunda instancia no puede adelantar el estudio de estos nuevos reproches, pues es su deber proteger los derechos, garantías y principios procesales.

Por lo anterior, en virtud de los principios de lealtad procesal, contradicción y de defensa y la congruencia que debe existir entre el recurso, la sentencia censurada, el concepto de violación de la demanda y los argumentos expuestos en la contestación de la misma imponen que al apelante le esté restringido exponer en el recurso de apelación hechos, cargos y presentar pretensiones nuevas que no alegó ni en la demanda ni en la contestación (M. P. Hernando Sánchez Sánchez).

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