Además de la suspensión de términos, amplían las excepciones para conocimiento de procesos en distintas especialidades
27 de Abril de 2020
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Nota:
115556
El Consejo Superior de la Judicatura prorrogó, nuevamente, la suspensión de términos judiciales, desde este lunes 27 de abril y hasta el próximo 10 de mayo del 2020, con algunas excepciones en determinados procesos y especialidades. Se exceptúan de la suspensión de términos los siguientes asuntos, que deben realizarse de manera virtual: (i) las acciones de tutela y de habeas corpus, cuyo trámite se hará mediante el correo electrónico dispuesto para el efecto; (ii) el control constitucional de los decretos legislativos expedidos por el Presidente de la República en ejercicio de la emergencia sanitaria; (iii) las actuaciones en materia de lo contencioso administrativo que se adelanten ante el Consejo de Estado y los tribunales administrativos, con ocasión del control inmediato de legalidad a los actos administrativos dictados al amparo de la emergencia sanitaria y, materia disciplinaria, (iv) los procesos regidos por la Ley 734 del 2002 que se encuentren para fallo. En el documento adjunto a esta nota encuentre las demás excepciones en las distintas especialidades de la administración de justicia, tales como civil, familia, penal y laboral.
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