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Además de la suspensión de términos, amplían las excepciones para conocimiento de procesos en distintas especialidades

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27 de Abril de 2020

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El Consejo Superior de la Judicatura prorrogó, nuevamente, la suspensión de términos judiciales, desde este lunes 27 de abril y hasta el próximo 10 de mayo del 2020, con algunas excepciones en determinados procesos y especialidades. Se exceptúan de la suspensión de términos los siguientes asuntos, que deben realizarse de manera virtual: (i) las acciones de tutela y de habeas corpus, cuyo trámite se hará mediante el correo  electrónico  dispuesto para el efecto; (ii) el control  constitucional  de  los decretos  legislativos expedidos por el Presidente de la República en ejercicio de la emergencia sanitaria; (iii) las actuaciones en  materia  de  lo contencioso administrativo que se adelanten ante  el  Consejo de  Estado y los tribunales administrativos, con ocasión del control inmediato de legalidad a los actos administrativos dictados al amparo de la emergencia sanitaria y, materia disciplinaria, (iv) los procesos regidos por la Ley 734 del 2002 que se encuentren para fallo. En el documento adjunto a esta nota encuentre las demás excepciones en las distintas especialidades de la administración de justicia, tales como civil, familia, penal y laboral.

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