Actos de cumplimiento no son objeto de la acción de nulidad (12:38 p.m.)
16 de Mayo de 2013
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Nota:
88502
Los actos de cumplimiento que no deciden de fondo una situación tributaria no pueden ser objeto de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho ante la jurisdicción contencioso administrativa. Así lo afirmó la Sección Cuarta del Consejo de Estado, al precisar que los actos que pretenden la ejecución de las liquidaciones oficiales no son susceptibles de ser demandados (C. P. Hugo Fernando Bastidas).
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