Acreedores nacionales y extranjeros en el régimen de insolvencia tienen los mismos derechos (3:20 p.m.)
26 de Septiembre de 2019
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Nota:
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Los acreedores extranjeros gozan de los mismos derechos que tienen los acreedores nacionales respecto de la apertura de un proceso de insolvencia, así como del principio de publicidad, en el entendido que debe informarse del inicio a quienes residan en Colombia y remitir esa información a los acreedores conocidos que residan en el exterior. Así las cosas, indicó la Superintendencia de Sociedades, gozan de las prerrogativas de constitución, oponibilidad, registro, prelación y ejecución de las garantías mobiliarias y garantías hipotecarias. Lo anterior sin perjuicio de las etapas perentorias para el reconocimiento de las acreencias precisado para casa proceso y las cargas procesales respectivas.
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