Abogados: Así se configura la falta contra la debida diligencia profesional (4:21 p.m.)
122479
29 de Enero de 2019
Escucha esta noticia audio generado con IA
Una providencia de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior recuerda que cuando un abogado se compromete con una representación judicial se obliga a realizar en su oportunidad las actividades procesales necesarias para favorecer la causa confiada a su gestión, cobrando vigencia a partir de ese momento el deber de atender con celosa diligencia los asuntos encomendados. De ahí que este encargo envuelve la obligación de actuar positivamente con prontitud y celeridad y haciendo uso de todos los mecanismos legales para el efecto. Pero si el abogado injustificadamente se aparta de la obligación de atender con rigor la gestión encomendada e incumple cualquiera de las anteriores exigencias se configura la falta contra la debida diligencia profesional (M. P. María Lourdes Hernández).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!