11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 8 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Procesal


Abogado fue suspendido de la profesión por no presentar informe final de sus gestiones

14 de Abril de 2021

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Nota:
120583
En una de sus últimas sentencias, la hoy extinta Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó una providencia proferida por el Consejo Seccional del Valle en la que sancionó con suspensión del ejercicio de la profesión por dos años a un abogado. La sanción le fue impuesta por haber aceptado representar los intereses de una persona en un proceso penal por la muerte de su hijo sin haber reportado sus gestiones. Se suma a lo anterior el hecho de que el abogado cobró sus honorarios, pero no expidió recibo. Finalmente, el quejoso alegó que cuando el poderdante trataba de indagar respecto al proceso el disciplinado respondía con evasivas y tratando de mantenerlo ajeno a las actuaciones. Para la primera instancia estas conductas constituyeron faltas disciplinarias, de acuerdo con el numeral 2 del artículo 37 y el numeral 6 del artículo 35 de la Ley 1123 del 2007. El Consejo Superior encontró acreditados los diferentes requisitos para imponer la sanción, por cuanto pudo verificar que el abogado no rindió el informe final al que estaba obligado, ni tampoco expidió los recibos que correspondían al momento de recibir el pago por concepto de honorarios y gastos procesales. Finalmente, respecto de la culpabilidad encontró que el abogado actuó “culposamente respecto a los cargos por la falta a la debida diligencia y de manera dolosa respecto a la falta contra la honradez profesional (…) sin que exista una justificación para su actuar omisivo” (M. P. Magda Victoria Acosta Walteros).

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