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Abogado fue censurado por no cumplir sus deberes profesionales en un proceso penal

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20 de Agosto de 2020

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La Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura confirmó una sentencia que censuró a un abogado luego de cometer una falta relacionada con la debida diligencia. Dicha conducta está descrita en el numeral 1° del artículo 37 (a título de culpa) de la Ley 1123 del 2007, que se refiere a demorar la iniciación o prosecución de las gestiones encomendadas o dejar de hacer oportunamente las diligencias propias de la actividad legal, descuidarlas o abandonarlas. El disciplinado fue contratado por $ 2 millones para llevar un proceso de penal ante la administración de justicia, pero no cumplió con el respectivo encargo profesional (M. P. Carlos Cano).

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