Periodo de protección laboral en materia de salud no cubre incapacidades (3:42 p.m.)
05 de Octubre de 2011
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Nota:
76490
Aunque de acuerdo con el artículo 75 del Decreto 806 de 1998, una vez finaliza el vínculo laboral, el trabajador y su núcleo familiar tienen derecho a gozar de los beneficios del plan obligatorio de salud durante un tiempo, teniendo en cuenta la duración de su afiliación al sistema, dicha protección solo cubre las enfermedades que venían en tratamien
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