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Vulneración del principio non bis in ídem solo se presenta si incluye identidad de sujeto, objeto y causa (1:20 p.m.)

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29 de Julio de 2010

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La Corte Suprema de Justicia reiteró que el principio non bis in ídem incluye tres aspectos: identidad de sujeto, de objeto y de causa. Por tal razón, la Sala Penal inadmitió las demandas de casación interpuestas por dos miembros de las Farc, que fueron condenados por homicidio agravado, secuestro extorsivo, lesiones personales agravadas y rebelión. Uno de los accionantes alegó que ya había sido absuelto del delito de rebelión y por ende se vulneraba el principio señalado. Sin embargo, la sala explicó que aunque se cumplía el presupuesto de identidad de sujeto, los hechos de aquella investigación fueron diferentes a los abordados en este proceso, aunque los dos tienen que ver con su pertenencia al grupo armado ilegal. En el fallo, la corte recordó que por hechos ocurridos durante la vigencia del Decreto 100 de 1980 la duración máxima de la pena accesoria, denominada hoy como inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas, se estableció en 10 años (M. P. Augusto Ibáñez Guzmán).

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