Una vez formulada la imputación por lesiones personales culposas, la prescripción es a los tres años (8:30 a.m.)
100317
07 de Abril de 2015
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Así lo sostuvo la Corte Suprema, tras precisar que la formulación de imputación interrumpe los términos prescriptivos, lo que da lugar a un nuevo plazo, equivalente a la mitad del propuesto por el artículo 83 del Código Penal, pero en ningún caso superior a tres años. Teniendo en cuenta que esta última norma establece un término prescriptivo equivalente a la pena máxima fijada en la Ley (36 meses según el artículo 112 del Código Penal) y que la mitad de ese lapso es menor de tres años, dice la Sala, lo consecuente es que los términos para ejercer la acción penal frente a esta conducta sean de un trienio (M. P. Eyder Patiño Cabrera).
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