Reiteran aumento del término de prescripción en conductas punibles de servidores públicos (11:35 a.m.)
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26 de Agosto de 2019
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Según el artículo 83 del Código Penal, la acción penal prescribe en un tiempo igual al máximo de la pena establecida en la ley para el delito endilgado, sin que dicho término pueda, en ningún caso, ser inferior a cinco ni superior a 20 años. Vale la pena agregar que este término se reduce a la mitad al formularse imputación, porque dicho acto procesal lo interrumpe. Así las cosas, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia aclaró que los servidores públicos que cometen conductas punibles en el ejercicio de las funciones del cargo o con ocasión de ellas el término de prescripción se aumenta en una tercera parte. En el caso concreto, el alto tribunal acudió a esta tesis para no casar una sentencia y, por esta razón, confirmó una condena a un servidor público por el delito de concusión, proferida por el Tribunal Superior de Bucaramanga (M. P. Eyder Patiño).
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