Pueden prevalecer los criterios de la víctima en el proceso penal sobre los de su representante (4:28 p.m.)
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10 de Marzo de 2011
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A diferencia de lo que ocurre cuando se presentan discrepancias entre el defensor y el imputado, no existe norma que defina lo que sucede cuando se presenten diferencias de criterios entre la víctima y su abogado. Así lo indicó la Corte Suprema de Justicia al precisar que en esos casos el juez penal debe garantizar los derechos constitucionales y legales de la víctima. El alto tribunal advirtió que los criterios de la víctima pueden prevalecer sobre los de su representante. Sin embargo, aclaró que esto no impide que se le exija el cumplimento de los requisitos de forma y fondo en el proceso. Por esa razón, en el caso concreto, se declaró desierto el recurso de apelación que presentó la víctima por no sustentarlo como lo ordena la Ley 1395 del 2010 (M.P. Alfredo Gomez Quintero).
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