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Penal


Prescripción de acción penal contra servidor público aplica al agente retenedor

El Código Penal exige que el término prescriptivo se aumente en una tercera parte, explicó la Corte Suprema.

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28 de Enero de 2015

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Los agentes retenedores son particulares que ejercen funciones públicas de forma transitoria, por tanto, el término prescriptivo de la acción penal contra el delito de omisión del agente recaudador debe aumentarse en una tercera parte, bajo lo dispuesto en el inciso 5º del artículo 83 del Código Penal.

 

Así lo sostuvo la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, al indicar que dichas personas deben asumir las responsabilidades públicas correspondientes, junto con sus consecuencias en los aspectos civiles, penales y disciplinarios, como el aumento de la prescripción.

 

De ese modo, el plazo de prescripción en la etapa de instrucción es de ocho años, producto del incremento de una tercera parte del máximo punitivo de seis años. Sin embargo, cuando ya cursa la etapa de juzgamiento, ese lapso será de seis años y ocho meses, añadió el alto tribunal.

 

(Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Sentencia SP-002 (37938), ene. 14/15, M. P. Luis Guillermo Salazar)

 

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