Para probar la actividad ilegal subyacente del lavado de activos solo se requiere una inferencia judicial dentro del proceso (11:00 a.m.)
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17 de Mayo de 2011
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El delito de lavado de activos consiste en la operación realizada por un sujeto agente para ocultar dineros de origen ilegal en moneda nacional o extranjera y vincularlos posteriormente a la economía, haciéndolos aparecer como legítimos. Así lo recordó la Corte Suprema de Justicia al precisar que este delito es de carácter autónomo y que, por tanto, para acreditar que los dineros provienen de actividades ilícitas, esto es, probar la actividad ilegal subyacente, no es necesaria la existencia de una sentencia previa o un conocimiento de certeza que la permita dar por demostrada, sino que solo se requiere una inferencia judicial dentro del proceso que evidencie los objetos o instrumentos para la comisión del delito previo (M.P. Jorge Luis Quintero Milanés).
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