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Para la materialización de la violación del régimen legal o constitucional de inhabilidades e incompatibilidades no importa si existe o no daño al patrimonio estatal (3:10 p.m.)

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18 de Mayo de 2010

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La Corte Suprema de Justicia explicó que la administración pública como objeto legal tutelado en el Código Penal es un bien jurídico complejo, pues en su interior, dependiendo del comportamiento punible del que se trate, convergen principios de igualdad, moralidad, imparcialidad, eficacia, economía, entre otros. De esta forma, aclaró que en el delito de violación del régimen legal o constitucional de inhabilidades e incompatibilidades no se protege el patrimonio estatal, sino el postulado de la imparcialidad y el de limitación constitucional para contratar. Por ello, la ausencia de daño o peligro de esa conducta punible a la economía de las entidades territoriales o instituciones oficiales, así como la ausencia de provecho ilícito por parte de los servidores públicos contratista y contratante, son irrelevantes para la estructura y materialización del delito, concluyó la corporación (M.P. Yesid Ramírez Bastidas).

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