La defensa putativa no procede cuando hay una agresión real (11:03 a.m.)
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13 de Septiembre de 2011
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La Sala Penal de la Corte Suprema aclaró que la defensa putativa o subjetiva existe cuando se obra bajo la convicción errada e invencible de actuar en legítima defensa ante una agresión injusta. La defensa subjetiva es distinta de la legítima defensa pura y simple, pues en esta la agresión es real, advirtió la Corte. En el caso concreto, la corporación negó la ausencia de responsabilidad alegada respecto a un funcionario del CTI condenado por homicidio, pues no se probó la defensa putativa ni la legítima defensa (M.P. María del Rosario González).
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