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Penal


Desplazamiento forzado se aplica retroactivamente

Los hechos de desplazamiento forzado ocurridos antes de la vigencia de la Ley 600 del 2000 deben ser juzgados, advirtió la Sala Penal.

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13 de Febrero de 2012

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Tal como sucede con la desaparición forzada, el delito de desplazamiento forzado no puede quedar impune, aunque, al momento de su comisión, no estuviera tipificado en el Código Penal.

 

Eu un auto de noviembre, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia concluyó que los hechos de desplazamiento forzado ocurridos antes de la vigencia de la Ley 600 del 2000, que elevó esa conducta a la categoría de delito, deben ser juzgados.

 

En opinión del alto tribunal, el juzgamiento de estos ilícitos no viola el principio de legalidad, porque se trata de hechos reprochados internacionalmente, cuya represión hace parte del bloque de constitucionalidad.

 

(Corte Suprema de Justicia, Sala Penal, Auto Expediente 36828, nov. 23/11. M. P. Augusto Ibáñez)

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