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Así deben obrar los terceros de buena fe en el marco de la Ley de Justicia y Paz (9:03 a.m.)

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31 de Diciembre de 2019

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Un auto de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, en virtud del estudio de la Ley de Justicia y Paz, concluyó que los terceros de buena fe deben demostrar que obraron respecto del bien con prudencia, diligencia y cuidado extremos en su conducta. Lo anterior quiere decir que el levantamiento de las medidas cautelares sobre un bien procede cuando el tercero afectado prueba que ha actuado con buena fe exenta de culpa. Encuentre más detalles de esta postura jurisprudencial en el documento adjunto a esta nota. (M.P. Eyder Patiño Cabrera).

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