11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 10 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Hacinamiento carcelario, ¿consecuencia del “populismo punitivo”?

09 de Octubre de 2012

Reproducir
Nota:
25789

 

La creación de nuevos tipos penales y el frecuente aumento de las penas mínimas y máximas de los delitos ya establecidos en la legislación reflejan una tendencia a lo que algunos expertos han denominado “populismo punitivo”, para muchos, una de las causas del hacinamiento en el que vive más del 40 % de la población carcelaria del país.

 

“Entre vivir en la cárcel La Modelo de Bogotá y estar en La Ele o el Bronx no hay mucha diferencia. Yo estaba en el patio cinco, que estaba diseñado para 600 personas, pero habíamos 2.200 presos en total. Por celda dormíamos seis, siete personas. Para poder tener derecho a un espacio, cuando uno entra tiene que pagar 500.000 pesos, y, si no tiene la plata, le toca dormir en los pasillos. En el patio quinto estábamos los que cometíamos todo tipo hurtos, desde los que se roban una aguja hasta un avión. Los que tienen acceso a las celdas tienen baño, pero los demás no tenemos, nos toca ir a las letrinas. Hay gente que le toca dormir hasta en los baños. Ellos se acuestan y, cuando se levantan, las cobijas están todas orinadas. Los baños no sirven porque el Inpec, durante las redadas, los destruyen para vigilar que no escondan la droga allá. Uno en ese lugar no es persona, uno vive como un animal”.

 

Así relata Alfonso Villagrán los más de 21 meses que estuvo recluido en el patio quinto de la cárcel La Modelo de Bogotá, por el delito de falsificación de moneda. Al igual que él, la mayoría de reclusos han tenido que padecer, en carne viva, la grave situación de hacinamiento.

 

Los presos, sus familias, los defensores de derechos humanos, algunos políticos y el Gobierno han advertido que la ocupación de las cárceles se encuentra en su tope máximo, que en ellas ya no cabe un preso más, y que, día a día, sigue ingresando un número significativo de reclusos.

 

La situación, según el Consejo de Política Criminal, se asocia a las leyes de incremento de penas, iniciativas como la Ley de Pequeñas Causas y otras normas que han generado un aumento en el número de detenidos. 

 

A pesar de ello, el Congreso sigue tramitando proyectos que aumentan las penas y que, en su mayoría, surgen como respuesta a fenómenos de opinión o al afán de mostrar que se toman medidas frente a graves hechos de crueldad o violencia.

 

Además, estos cambios normativos se han adoptado sin estudios sólidos que demuestren la utilidad de, por ejemplo, recurrir al aumento de una pena o a la criminalización de cierto tipo de conducta.

 

Con ese panorama, vale la pena preguntarse  si es necesario seguir tramitando proyectos que aumenten o creen sanciones penales o si, más bien, los congresistas deben darle prioridad a temas como educación, salud o vivienda, para que la cárcel sea la última opción.

 

¿Populismo punitivo?

Según la Comisión Asesora para el Diseño de la Política Criminal del Estado, desde el 2000 se han realizado 37 reformas al Código Penal (Ley 599 del 2000). De estas, 20 iniciativas, que equivalen al 57 %, han provenido del Congreso, y 11, equivalentes al 31 %, las ha impulsado el Ejecutivo.

 

Al respecto, la profesora asociada de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional, Whanda Fernández León, sostiene que, con el pretexto de apaciguar los efectos de la inseguridad ciudadana, los legisladores han optado por implementar políticas de mano dura, que han traído consigo efectos negativos en materia de derechos humanos.

 

“Uno no se explica cómo en el 2005, cuando entra en vigencia el sistema penal acusatorio (SPA), el fiscal de aquella época, Luis Camilo Osorio, le anuncia al país que ahora sí se van a  descongestionar las cárceles, porque el sistema trae una regla fundamental, que es la no privación de la libertad, y la privación de la misma como excepción. Y resulta que a partir del año 2005 se dobla la población carcelaria en Colombia, lo que se traduce en que ese sistema garantista y transparente lo convirtieron en un sistema netamente inquisitivo”, explica Fernández.

 

Francisco Bernate, coordinador del Departamento de Derecho Penal de la Universidad del Rosario, opina que el aumento de penas está relacionado con el “populismo punitivo”, tendencia que se debe, en gran medida, a que cuando el legislador está a la caza de votos, acude a temas sensibles como la creación de nuevos delitos y el endurecimiento de penas.

 

“Lo que se aprecia con preocupación es que la Rama Judicial también se ha contagiado del populismo punitivo. Entonces, observamos cómo se acude a argumentos muy cuestionables para mandar a las personas a las cárceles, para negarles la posibilidad de subrogados o para decir que ciertas personas, según el delito que cometieron, no tienen derecho a la redención de la pena por vía del estudio o del trabajo”, sostiene Bernate.   

 

¿Excarcelación o despenalización?

De acuerdo con informes estadísticos del Inpec, evaluados por la Defensoría del Pueblo, actualmente existen 111.005 personas recluidas, y un déficit de 35.329 cupos, equivalente al 46,7 % de hacinamiento.

 

En Colombia, el sistema penitenciario y carcelario está integrado por 144 establecimientos de reclusión, que tienen capacidad para 75.676 personas. Hoy por hoy, existen 32.707 sindicados y 78.298 condenados.

 

Ante las cifras, es oportuno preguntarse si mecanismos como la excarcelación o la despenalización de conductas contribuirían a mejorar la situación de los centros penitenciarios, teniendo en cuenta que de las 37 modificaciones que se han hecho al Código Penal, ninguna disminuye las penas.

 

Para Ricardo María Cañón, personero de Bogotá, despenalizar conductas para mitigar la situación carcelaria no es la solución, pues la judicialización por determinados delitos ha permitido una disminución en los índices de violencia, por lo menos en la capital del país.

 

“So pretexto de arreglar el problema carcelario, podemos llegar y decir despenalicemos conductas. Entonces solucionamos el problema de la cárcel, y dañamos a la sociedad. Lo que requiere la Policía o nuestra sociedad es más normas, y obviamente, requiere más centros carcelarios adecuados”, sostiene.

 

Cañón advirtió que la situación de los reclusos en Bogotá es preocupante, y que en el caso de la cárcel La Modelo, los patios albergan, en su mayoría, el doble de su capacidad.

 

Además, según el funcionario, el número de guardias es insuficiente para vigilar a las 7.129 personas que están recluidas, cifra que, comparada con la proyectada cuando se construyó el establecimiento carcelario, en 1960 (en ese entonces se pensó para 3.000 personas), ya fue superada en un 240 %.

 

Nuevos delitos

Iniciativas que contemplan la sanción penal, como los  proyectos de ley que castigan con cárcel a los conductores que manejen en estado de embriaguez, las agresiones con ácido y la violencia intrafamiliar, de género y contra los adultos mayores, cursan actualmente en el Congreso.

 

En el caso del proyecto que busca castigos más severos para quienes conduzcan bajo los efectos del licor, la Fiscalía General de la Nación ha manifestado que le representaría una inversión de 50.000 millones de pesos anuales, además del nombramiento de 300 fiscales, con sus respectivos asistentes, y la habilitación de nuevos despachos.

 

Sin embargo, para el senador del partido Mira Carlos Baena, ponente de la iniciativa que penaliza las agresiones con ácido, este tipo de delitos no se pueden ignorar. “Si después de realizar pedagogía, promover un cambio cultural en la gente, no hay un cambio sustancial en su comportamiento, entonces hay que acudir al derecho penal”, afirma.

 

En su opinión, “más que decir que hay populismo punitivo, el Congreso tiene la facultad de legislar frente a las realidades sociales. El Congreso es elegido por la sociedad, la representa, y si la sociedad se encuentra con comportamientos que violentan sus derechos, es deber del Congreso asumir esos debates”, concluye Baena.

 

Un nuevo Código Penitenciario

Para hacerle frente a la situación de hacinamiento, el Gobierno impulsa un proyecto de ley de reforma al Código Penitenciario y Carcelario (Ley 65 de 1993).

 

La iniciativa pretende establecer un sistema sostenible, que humanice la ejecución de la privación de la libertad y desarrolle un proyecto de resocialización concreto para cada tipo de criminalidad.

 

En ese sentido, se plantea la posibilidad de acceder a los regímenes abierto, semiabierto, semicerrado o cerrado de reclusión, para cumplir la pena o la medida de aseguramiento. Además, la propuesta regula el manejo del interno, desde su ingreso al establecimiento penitenciario hasta su excarcelación, e incluye garantías en materia de salud y seguridad social.

 

Según la ministra de Justicia y del Derecho, Ruth Stella Correa, dichas propuestas pasarán  primero por el Consejo de Política Criminal, al que le compete definir cuál será la política criminal del Estado, “si seguir reaccionando de manera mediática o tener una política clara, a la que respondan todas las leyes”.

 

“Eso será producto de un análisis que debe hacerse, además, de cara al país. Ahora, yo quiero manifestar el hecho de que el tema carcelario no surge cuando yo llego, ese es un tema que tiene muchos años. Lo que hacemos en esta etapa es tratar de visibilizarlo ante la sociedad, para que tome conciencia de la situación y poder abordar las soluciones”, explica la funcionaria.

 

De acuerdo con la Comisión, como las decisiones de política criminal no se han fundado empíricamente, no han tenido en cuenta la diversidad y complejidad de los fenómenos criminales en Colombia.

 

Bajo ese panorama,  es necesario preguntarse si, en lugar de continuar tramitando leyes para aumentar penas o crear nuevos delitos, es oportuno diseñar una verdad política criminal, basada en principios y reglas que no solo contemplen medidas represivas, sino también normas  de resocialización y de oportunidad  para los reclusos.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)