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Exoneran del pago de perjuicios a los Nule por que no se acreditó nexo de causalidad entre el daño y la conducta punible (12:04 p.m.)

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23 de Mayo de 2019

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Al resolver el incidente de reparación integral, un juzgado penal resolvió absolver de responsabilidad civil extracontractual a Miguel Nule, Manuel Francisco Nule, Guido Nule y Mauricio Galofre, por lo que no tendrán que pagar los perjuicios de orden económico y social causados al Distrito Capital en el conocido “carrusel de la contratación”, debido a que no se probó que se haya causado un daño material relacionado con los hechos y delitos por los cuales fueron condenados. La providencia concluyó que “era fundamental establecer qué generó el mayor valor de los contratos, que es en últimas la reclamación del IDU, para determinar si guarda relación con los hechos y delitos por los que se emitió un fallo condenatorio”, pero como no se logró tal fin, no se concretó la relación de causalidad entre el daño sufrido y la conducta punible (J. P. Freddy Alexander León).

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