En firme condena de rectora en caso Sergio Urrego por fomentar discriminación e irrespeto a la diversidad
Con su actuación no se pudo demostrar la relación afectiva entre Urrego y otro joven y así descartar connotación de acosador.
29 de Mayo de 2025
La Corte Suprema de Justicia dejó en firme la condena de ocho años de cárcel impuesta a la rectora de colegio Gimnasio Castillo Campestre en el caso Sergio Urrego, por falsa denuncia de acoso y ocultamiento de documentos, al considerar que con sus acciones fomentó prácticas de discriminación e irrespeto a la diversidad.
Según el alto tribunal, la acusada impidió que se conocieran versiones que ratificaban que el estudiante Sergio Urrego, quien se suicidó tras recibir señalamientos en su contra, tenía una relación sentimental con un compañero de estudio y, por lo tanto, no incurrió en acoso.
Afirmaciones mendaces
Acorde con los sentenciadores, la acusada actuó siempre como directa interesada en las resultas del trámite administrativo al interior del plantel y fue quien constriñó a la encargada del libro de bitácora y a la joven que registró en su celular la imagen de todo lo sucedido para que se introdujeran afirmaciones mendaces en el libro y se modificara la atestación rendida inicialmente por el estudiante.
Además, fue con su concurso u orden que se limitó la posibilidad de que la Fiscalía obtuviera datos importantes, una vez adelantadas las diligencias de inspección judicial, como la declaración inicial de María Camila Tinjacá, que permitía demostrar la relación afectiva que existía entre ambos jóvenes y descartar así la connotación de acosador que se imprimió sobre Sergio Urrego.
La Sala Penal inadmitió la demanda de casación contra el fallo del Tribunal Superior de Bogotá que confirmó, con modificaciones, la decisión del juzgado de conocimiento mediante la cual se condenó a la implicada por el concurso homogéneo del delito de falsa denuncia contra persona determinada, en concurso heterogéneo con el punible de ocultamiento, alteración o destrucción de elemento material probatorio (M. P. Diego Eugenio Corredor Beltrán).
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