En condena a El Alemán, recuerdan que la inclusión de menores en la guerra representa un grave atentado contra el DIH (8:30 a.m.)
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20 de Diciembre de 2012
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La Corte Suprema de Justicia resolvió la apelación interpuesta contra la sentencia que condenó al exjefe paramilitar desmovilizado Fredy Rendón Herrera, alias El Alemán, por realizar 309 reclutamientos ilícitos en concurso con otros delitos. Para la Sala Penal, reclutar menores y obligarlos a participar en hostilidades va contra el Derecho Internacional Humanitario, pues los niños no pertenecen a la guerra, su lugar se encuentra junto a sus familias, en colegios y en un entorno que permita su crecimiento y desarrollo. En la providencia se explica la diferencia entre la reparación individual o judicial y la reparación colectiva o administrativa, para concluir que en las condenas que se producen en el escenario de Justicia y Paz se debe incluir la obligación subsidiaria de reparación impuesta al Estado, sin embargo, esta condena en subsidiariedad no implica reconocimiento alguno de responsabilidad en las conductas punibles. Por considerar el reclutamiento como un crimen internacional, que no puede ser fuente lícita de ingresos, que la Convención para los derechos del niño y el Convenio 162 de la OIT buscan la erradicación del trabajo infantil y juvenil, se negaron las pretensiones relacionadas con el lucro cesante (M. P. José Leonidas Bustos Martínez).
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