12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 14 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Penal


El anterior y el nuevo Código Penal Militar regulan de forma distinta la interrupción de la prescripción de la acción penal (10:24 a.m.)

11 de Enero de 2012

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Nota:
78446
La Corte Suprema de Justicia explicó que la dinámica procesal del anterior Código Penal Militar (Ley 522 de 1999) varía sustancialmente frente al nuevo (Ley 1407 del 2010), entre otras cosas, porque la nueva codificación prevé una fase pre procesal en la que los intervinientes se encuentran habilitados para recaudar elementos materiales de prueba. La modificación de esta fase de investigación implica que los términos se modifican. Por ello mismo, se consagra la formulación de imputación como el momento en el que el término de prescripción de la acción penal se interrumpe, contrario a la interrupción prevista en el anterior código, que se configura con la ejecutoria de la resolución de acusación. De esta forma, negó la aplicación del principio de favorabilidad para declarar prescrita la acción penal en el caso fallado (M.P. Augusto Ibáñez Guzmán).

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