Cuestionamientos sobre una estrategia defensiva no estructuran nulidad por afectación del derecho a la defensa (1:29 p.m.)
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03 de Agosto de 2018
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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia recordó que el derecho a la asistencia jurídica cualificada escogida por el procesado o provista por el Estado, consagrado en el artículo 29 superior, debe manifestarse como garantía intangible, real o material y permanente, bajo el entendido que es irrenunciable, ha de ser palpable y efectiva con actos de gestión en pro de los intereses del procesado a lo largo de todo el trámite procesal. Por esa razón, no alcanza a configurarse una nulidad por el desconocimiento o afectación al derecho a la defensa cuando un abogado aduce que a su antecesor le faltó diligencia y eficacia y, en esa vía, cuestione la estrategia utilizada durante el proceso (M. P. Eugenio Fernández).
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