Corte examinará reforma a Justicia y Paz y exclusión de Bogotá del régimen de áreas metropolitanas
27 de Marzo de 2014
La Corte Constitucional debatirá los criterios de priorización de casos para la reparación a las víctimas, los métodos de investigación y otros aspectos de la Ley de Justicia y Paz que fueron reformados mediante la Ley 1592 del 2012 (artículos 37, 38, 39 y 40 (D-9818)).
En la demanda se incluyen temas como la terminación del proceso y la exclusión de los postulados, las medidas cautelares sobre los bienes sometidos a procesos de extinción de dominio, la restitución de tierras y la colaboración de los beneficiarios extraditados.
Por otra parte, la Sala Plena buscará determinar si se ajusta a la Constitución excluir al Distrito Capital del régimen de áreas metropolitanas (parágrafo del artículo 1º y artículo 39 de la Ley 1652 del 2013 (D-9867)).
En esa materia, cabe resaltar la posición de la Procuraduría, que no solo se mostró partidaria de una declaratoria de exequibilidad, sino que solicitó que se exhorte al Legislativo a expedir un régimen especial para Bogotá y los municipios conurbados.
A su vez, la Corte analizará las funciones atribuidas a la Unidad de Reparación Integral a las Víctimas y a la Unidad de Restitución de Tierras para el resarcimiento integral (inciso 2º del artículo 24 de la Ley 1592 del 2012 (D-9813)).
Entre otros asuntos sometidos a discusión, también se cuenta la norma que limita a lo estrictamente necesario la práctica de testimonios de menores de edad en procesos en los cuales sean víctimas de delitos sexuales (artículo 1º y 2º parciales de la Ley 1652 del 2013 (adiciona artículo 26ª a la Ley 906 del 2004 (D-9830)).
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