Pago de honorarios a defensor tras injusta privación de la libertad debe ser incluido en reparación: Consejo de Estado (8:58 a.m.)
12 de Agosto de 2013
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Nota:
90450
El Consejo de Estado determinó que dentro del resarcimiento a la víctima privada de su libertad sin justa causa caben los gastos en los que incurrió para pagar su defensa. La Sección Tercera manifestó que ello constituye un daño emergente, que debe hacer parte de la reparación al ciudadano afectado con una medida de aseguramiento dentro de un proceso
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