No solo el propietario del bien es beneficiario del contrato de servicio público de energía (8:00 a.m.)
31 de Agosto de 2015
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Nota:
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"p style=""TEXT-ALIGN: justify"">El Consejo de Estado explicó que para demostrar el quebrantamiento de las obligaciones del contrato para el suministro del servicio público de energía poco interesa que se trate del titular del predio donde este se ejecuta. Aclaró que es el beneficiario de la prestación del servic"
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