No ejecutar contrato que haya sido celebrado durante el año de inhabilidad deja sin efectos la causal de nulidad electoral: Consejo de Estado (9:50 a.m.)
04 de Julio de 2014
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Nota:
61497
El Consejo de Estado determinó que la inejecución, por mutuo acuerdo, del contrato producido dentro del año de inhabilidad que tiene el candidato al concejo para contratar con la jurisdicción regional que aspira a representar deja sin efectos la causal. Es decir, aun cuando haya evidencia de su celebración, el desistimiento implica retrotraerse al es
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