Superfinanciera modifica formato para la declaración del encaje en moneda legal (3:21 p.m.)
20 de Diciembre de 2018
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Nota:
109563
El Banco de la República, mediante Resolución Externa 3, del 30 de noviembre del 2018, expidió normas sobre el régimen de encaje de los establecimientos de crédito. Con base en dicha disposición, la Superintendencia Financiera modificó la proforma e instructivo del formato 443 “Declaración del encaje en moneda legal” (F.1000-119), con el propósito de ajustar las columnas para el reporte de la información requerida por el Emisor. La transmisión del formato 443 con las 21 columnas (tres semanas) se hará por única vez con plazo hasta el 22 de enero del 2019, con la información correspondiente al periodo comprendido entre el 28 de noviembre y el 18 de diciembre del 2018 y al disponible del 19 de diciembre del mismo año y el 8 de enero del 2019. Desde el 19 de diciembre se continuará calculando el encaje requerido y las disponibilidades para cubrirlo, de acuerdo con lo contemplado en el numeral 6 del Capítulo XIII de la Circular Básica Contable y Financiera de esta superintendencia.
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