Superfinanciera agiliza proceso de autorización individual de campañas publicitarias de sus vigiladas (9:03 a.m.)
17 de Abril de 2019
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Nota:
112326
La Superintendencia Delegada para la Protección al Consumidor Financiero y Transparencia informó que las entidades y campañas publicitarias que se encuentran bajo el régimen de autorización individual deben cumplir con las siguientes instrucciones: (i) radicar los documentos siempre con el trámite “400 Programas Publicitarios - Régimen Individual”; (ii) remitir el material publicitario con una antelación no menor a 15 días calendario, este debe contener textos, imágenes y secuencias gráficas que llegarán al público (según el medio de comunicación a utilizar). Una vez obtenida la aprobación, estos pueden utilizarse en diversos medios, sin necesidad de nueva autorización, siempre que correspondan exactamente al proyecto autorizado; (iii) tener en cuenta que esta superintendencia dentro de su proceso de autorización tiene establecido un término de 11 días hábiles para generar respuesta final y (iv) cumplir el término establecido (cinco días hábiles) para dar respuesta a los requerimientos que se puedan presentar durante el proceso, so pena del rechazo del trámite.
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