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Superfinanciera aclara validez del PEP complementario para la contratación de productos financieros por venezolanos (1:30 p.m.)

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26 de Agosto de 2019

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Mediante la Resolución 3548 del 2019, el Gobierno creó el permiso especial complementario de permanencia (PECP), el cual será otorgado a los venezolanos a quienes les hayan rechazado la solicitud o no se les haya reconocido la condición de refugiado en Colombia y les resulte imposible retornar a su país debido a la situación actual. Por lo anterior, la Superfinanciera precisó que el permiso complementario es un documento válido de identificación para las autoridades colombianas públicas y privadas y, por lo tanto, es suficiente para que los nacionales venezolanos contraten o abran productos y/o servicios financieros en las entidades supervisadas en Colombia, siempre que lo presenten en conjunto con el pasaporte o el documento nacional de identidad venezolano. Ahora bien, anota que conforme a lo dispuesto por el artículo 2° de la resolución, el permiso se otorgará por un periodo de 90 días calendario, prorrogables por lapsos iguales, sin que exceda el término de dos años.

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