Sociedad de economía mixta requiere una ley, ordenanza o acuerdo que autorice su creación (2:31 p.m.)
31 de Octubre de 2018
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Nota:
108909
Una sociedad ostenta el carácter de economía mixta no solo por el hecho de la participación conjunta del aporte estatal y privado, sino que es necesaria la expedición de una ley, ordenanza o acuerdo, según sea el caso, que haya autorizado su creación y en la que deben señalarse, además, las condiciones para la participación del Estado, el carácter nacional, departamental o municipal de la sociedad y su vinculación con organismos administrativos para efectos de la tutela que debe ejercerse sobre la misma, indicó la Superintendencia de Sociedades. Independientemente de la participación del capital público, las sociedades de economía mixta hacen parte de la administración pública, de conformidad con los artículos 150-7, 300-7 y 313-6 de la Constitución Política, y están sometidas a un control fiscal (artículo 267) y control político (artículo 208).
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