15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 15 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Mercantil


Este es el procedimiento administrativo sancionatorio de la Supersolidaria frente a sus vigiladas (8:00 a.m.)

22 de Noviembre de 2018

Reproducir
Nota:
108587
El procedimiento administrativo sancionatorio aplicable en ejercicio de la facultad que tiene la Superintendencia de la Economía Solidaria sobre sus vigiladas es el que establece el Capítulo III del Título III del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), artículo 47 y siguientes. Dicho procedimiento es objeto de recursos en sede administrativa, con el fin de garantizar el principio constitucional de la doble instancia. Así, señaló la entidad en reciente concepto unificado, las delegaturas que integran su estructura administrativa resuelven en primera instancia, mientras que en segunda instancia lo hará el despacho del superintendente.  

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)