Estatutos de la sociedad anónima no pueden prever la exclusión de accionistas por aparecer en listas cautelares (8:59 a.m.)
11 de Abril de 2018
Reproducir
Nota:
61269
Frente a una inquietud sobre el hecho sobreviniente de un accionista de una sociedad anónima que aparece registrado en listas cautelares de lavado de activos y financiación del terrorismo, la Superintendencia de Sociedades señaló que el ordenamiento jurídico no contempla disposición alguna que permita bajo ninguna condición la posibilidad de contemplar en los estatutos de la sociedad anónima la exclusión de accionistas o la suspensión de sus derechos por decisión de los órganos sociales, bien sea asamblea general o junta directiva. En este evento corresponde a la sociedad, a través de sus administradores, evaluar distintos mecanismos con el fin de prevenir, gestionar y mitigar el riesgo, como sería provocar la negociación de las acciones, iniciar o hacerse parte en un proceso de extinción de dominio, acudir a acciones jurisdiccionales o a instancias arbitrales.
Opina, Comenta