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Sociedad de ‘leasing’ no responde por defectos de calidad que presente la cosa ni por los vicios o defectos ocultos (3:08 p.m.)

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17 de Febrero de 2012

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Aunque es la propietaria del bien, la sociedad de leasing no está llamada a responder por los defectos de calidad que presente la cosa ni por los vicios o defectos ocultos que la hagan impropia para el fin perseguido por el usuario, teniendo en cuenta que esta no tuvo participación o incidencia en la escogencia del bien y el rol que finalmente asume es el de simple dispensador de recursos para la adquisición del mismo, precisó la Superintendencia Financiera. Adicionalmente, la Ley 1480 del 2011 (Estatuto del Consumidor) señala que la responsabilidad de garantizar el funcionamiento del bien recae sobre el productor o proveedor, pues es obligación de estos responder por la calidad, idoneidad y seguridad de los productos, por lo que el consumidor puede exigirles el cumplimiento de la garantía de calidad, indicó la entidad.

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