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Sancionan a Falabella por incumplir tiempos de entrega de productos adquiridos a través de comercio electrónico

La cuestionada deberá pagar una sanción por $ 177.480.000, equivalentes a 153 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
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Consumidor no debe justificar ni exponer las razones por las cuales ejerce su derecho de retracto (Freepik)

18 de Julio de 2023

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Al decidir una actuación administrativa en contra de Falabella de Colombia, la Superintendencia de Industria y Comercio impuso una sanción por $ 177.480.000, equivalentes a 153 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

La sanción fue impuesta por infringir el artículo 6 del Estatuto del Consumidor (Ley 1480 del 2011), al demostrarse el incumplimiento en los tiempos establecidos e informados a los consumidores para la entrega de los productos adquiridos a través de comercio electrónico.

 

 

La sociedad investigada fue sancionada por no atender las órdenes que le fueron impartidas en relación con la protección del consumidor en el ‘día sin IVA’, cuya finalidad era evitar que se causara daño o perjuicio a los consumidores.

Contra el acto administrativo sancionatorio procede el recurso de reposición ante la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor y/o el de apelación ante la Delegatura para la Protección del Consumidor.

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