Reportes negativos de las centrales de riesgo no son justa causa para terminar la relación laboral (8:30 a.m.)
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29 de Noviembre de 2019
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Los reportes negativos de las centrales de riesgo no pueden convertirse en un obstáculo para acceder a un trabajo ni en una justa causa para terminar la relación laboral con el trabajador. En este último evento, indicó el Ministerio del Trabajo, el despido se tornaría injustificado, pues las causales para terminación por justa causa son taxativas y están expresamente consagradas en el artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo. Dicha información hace parte de la esfera privada del individuo y, por esta razón, está sometida a reserva legal y por fuera de las excepciones previstas en la Ley de Protección de Datos (Ley 1581/12).
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