Precisan la representación ante la junta directiva de personas jurídicas públicas o privadas (3:06 p.m.)
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22 de Octubre de 2010
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Los miembros de junta directiva de una compañía que sean entidades de derecho público deben actuar a través del representante legal o de quien este delegue, como parte de sus funciones, señaló la Superintendencia de Sociedades. Por su parte, las personas jurídicas lo harán a través de su representante legal principal o el suplente respectivo, los cuales deben estar debidamente inscritos en el registro mercantil.
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