Preaprobación de créditos no solicitados no está prevista como una práctica abusiva
07 de Noviembre de 2023
La Superintendencia Financiera, en ejercicio de la facultad prevista en el literal d) del artículo 12 de la Ley 1328 del 2009, ha señalado algunos ejemplos de prácticas de las entidades vigiladas que se consideran abusivas, los cuales están enunciadas en el numeral 6.2 del Capítulo I, Título III, Parte I de la Circular Básica Jurídica (Circular Externa 029 del 2014), sin que en los mismos se relacione la preaprobación de un crédito que no es solicitado por un cliente.
En todo caso, la calificación de una práctica como abusiva es el resultado de un análisis detallado que realiza la entidad mediante la revisión de diferentes aspectos que le permiten establecer con suficientes elementos de juicio si determinada conducta de las entidades vigiladas implica de algún modo limitación, renuncia o afectación de los derechos de los consumidores financieros.
Ahora bien, para efectos de valorar si una práctica se enmarca dentro de un criterio de abusividad, resulta indispensable que la persona que se considere afectada con su realización formule la queja concreta a través de los canales de atención previstos para ello, identificando la entidad y las razones de su inconformidad, junto con las pruebas que tenga en su poder.
La superintendencia recordó lo que sobre la estipulación para otro estipula el artículo 1506 del Código Civil, así: cualquiera puede estipular a favor de una tercera persona, aunque no tenga derecho para representarla; pero solo esta tercera persona podrá demandar lo estipulado; y mientras no intervenga su aceptación expresa o tácita es revocable el contrato por la sola voluntad de las partes que concurrieron a él. Constituyen aceptación tácita los actos que solo hubieran podido ejecutarse en virtud del contrato.
Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias y documentos sin límites. www.ambitojuridico.com/suscribete.
Paute en www.ambitojuridico.com/paute-aqui.
Opina, Comenta