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Poder general no delega la representación legal de la sociedad al mandatario (3:27 p.m.)

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28 de Enero de 2014

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Aunque el poder general faculte al mandatario o apoderado para realizar todos los negocios previstos en el objeto social, esto no le defiere o delega la representación legal de la compañía, indicó la Superintendencia de Sociedades. Las funciones del apoderado se determinan discrecionalmente en el contrato de mandato, en el que interviene la voluntad de las partes y una de ellas se obliga a ejecutar uno o más actos de comercio (mandatario), bajo las instrucciones del mandante y a su nombre. El representante legal, por su parte, puede celebrar y ejecutar todos los actos y contratos comprendidos en el objeto social o que se relacionen directamente con la existencia y el funcionamiento de la sociedad, pues es la persona que ejerce la representación de la persona jurídica, lo cual implica, entre otras cosas, que sea fundamental, inseparable e indelegable.

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