No adjudicación del contrato no da lugar a que el proponente devuelva la póliza que garantiza la seriedad de la oferta (8:00 a.m.)
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20 de Octubre de 2010
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Cuando el proponente participa activamente durante la etapa precontractual del proceso licitatorio y no resulta favorecido con la adjudicación del contrato o el proceso es declarado desierto, no puede decirse que no hubo amparo del riesgo por parte de la entidad aseguradora, pues igual estuvo expuesta a los riesgos asegurados y en disposición de responder por su obligación condicional adquirida, por lo que puede deducirse que devengó la prima sin que haya lugar a devolución, precisó la Superintendencia Financiera. La garantía de seriedad de la oferta otorgada tiene por objeto cubrir los perjuicios causados a la entidad contratante si el licitante no mantiene, durante la etapa precontractual, los ofrecimientos hechos en su propuesta en los términos y condiciones establecidos, recordó la entidad.
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