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Negar el registro de una marca que se había hecho previamente no es discriminatorio (1:48 p.m.)

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10 de Diciembre de 2014

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Negar el registro de una marca, a pesar de que anteriormente sí se había realizado, no implica discriminación de ningún tipo, aseveró la Sección Primera del Consejo de Estado. En su opinión, el examen de registrabilidad debe hacerse de acuerdo con las circunstancias fácticas y jurídicas vigentes al momento de la solicitud de registro, por tanto, si estas varían a través del tiempo, el resultado del estudio para otorgar o negar el registro también puede variar, lo que justifica plenamente el cambio de decisión. En ese sentido, la corporación recordó que la prohibición de registrar un signo confundible con una marca previamente registrada busca proteger los intereses de su titular y los derechos del consumidor (C. P. Guillermo Vargas Ayala).

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