Millonaria multa a Bancupo por información insuficiente y cobrar tasas de interés por fuera de límites legales
01 de Agosto de 2023
La Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a la Compañía Fintech de Colombia SAS, conocida en el mercado como Bancupo, con una multa de $ 232 millones y le ordenó, además, devolver los intereses cobrados en exceso a los consumidores con los cuales suscribió contratos de crédito desde el 12 de agosto del 2020.
La decisión se adoptó luego de adelantar la correspondiente investigación sancionatoria y revisar las condiciones de algunos de los créditos otorgados por la cuestionada en cuanto a los valores cobrados a los usuarios y el interés máximo certificado por la Superintendencia Financiera para la fecha de celebración de los contratos analizados.
Y es que se pudo determinar que Bancupo cobró tasas de interés que superaban los límites legales a los usuarios de los créditos analizados, incurriendo en la conducta de usura, y vulnerando lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 45 y el literal c) del artículo 55 del Estatuto del Consumidor (Ley 1480 del 2011).
🚨Atención🚨
— Superintendencia de Industria y Comercio 🇨🇴 (@sicsuper) August 1, 2023
La #SIC sancionó a Compañía Fintech de Colombia SAS, con una multa de $232 millones y le ordenó devolver los intereses cobrados en exceso a los consumidores con los cuales suscribió contratos de crédito desde agosto de 2020.
Los detalles: https://t.co/2KR72fZK9N pic.twitter.com/dZt4PQx7eY
Así mismo, luego de revisar los documentos entregados a los usuarios de los créditos, se estableció que carecían de información relacionada con la tasa de interés moratoria, expresada como tasa efectiva anual, la tasa máxima legal vigente a la fecha de celebración de los contratos, así como la indicación a los consumidores del derecho de efectuar pagos anticipados, sin que en ningún caso se puedan exigir intereses no causados ni sanciones económicas.
La investigada debe informar a los consumidores sobre las órdenes impartidas a través de la pantalla inicial de su página web, cuentas de redes sociales y en sus instalaciones de atención al público. Así mismo, debe incluir de manera clara y expresa en los documentos que soportan los créditos ofrecidos la tasa de interés remuneratoria que se cobrará, expresada como tasa de interés efectiva anual y demás tasas de interés.
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