Sentencia Superindustria y ComercioContenido, beneficios o restricciones de servicios ofrecidos con cargo a la tarjeta de crédito deben ser claros (4:40 p.m.)
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23 de Abril de 2019
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De acuerdo con lo previsto en el artículo 23 de la Ley 1480 del 2011 (Estatuto del Consumidor), los productores y/o proveedores deben suministrar a los consumidores información clara, veraz, suficiente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea sobre los productos que ofrezcan y serán responsables de todo daño o consecuencia por la inadecuada o insuficiente información. La Superintendencia de Industria y Comercio resolvió un caso en el que inicialmente se le ofreció al consumidor un portafolio de beneficios otorgado a la tarjeta de crédito de la cual era titular, sin que se le haya informado de manera clara el valor que sería cargado a la misma por los servicios ofrecidos, situación que derivó en la vulneración de sus derechos, en la medida en que existió incumplimiento sobre la información suministrada en cuanto al contenido, beneficios o restricciones de los servicios ofrecidos y, en consecuencia, se ordenó el rembolso de la suma cancelada.
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