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Sentencia Superindustria y ComercioNo cumplir los términos en la prestación de un servicio vulnera los intereses legítimos del consumidor (2:44 p.m.)

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29 de Junio de 2018

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La efectiva prestación del servicio hace parte de los términos y condiciones pactados entre el consumidor y el proveedor, los cuales deben cumplirse desde el momento mismo en que se realiza el contrato, para efectos de la garantía mínima de calidad e idoneidad. La no prestación del servicio o la simple dilación vulnera los intereses legítimos del consumidor, en la medida en que no ve colmadas sus expectativas ni satisfechas las necesidades para las cuales celebró el contrato, indicó la Superintendencia de Industria y Comercio. En el caso bajo análisis, la demandante contrató con la demandada la prestación de servicios de un diplomado de técnicas de hidroterapia con una intensidad de 120 horas, certificaciones y diploma. Sin embargo, no le dictaron todas la clases y le asignaron prácticas sin instrucción alguna. La entidad ordenó reintegrar el total del valor cancelado, con la debida indexación.

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