Sentencia Superindustria y ComercioCláusula de no devolución de dinero por un servicio que no es prestado es ineficaz (2:42 p.m.)
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05 de Abril de 2019
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En un contrato no es válido establecer condiciones desequilibradas solamente para el consumidor, por lo que al ser previstas no son aplicables en caso de incumplimiento o solicitud de terminación por parte del prestador del servicio y, a la luz de la Ley 1480 del 2011 (Estatuto del Consumidor), son estipulaciones no escritas o ineficaces, ya que generan un desequilibrio normativo, significativo, injustificado e irrazonable. En el caso bajo análisis, la Superintendencia de Industria y Comercio advirtió que no existe una razón que justifique o explique la cláusula que dispone que el consumidor no tiene derecho a la devolución del dinero pagado por un servicio que no fue prestado, cuando es un deber de las partes actuar de buena fe, procurando el equilibrio en el marco de la relación.
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