Realizan precisiones sobre términos y condiciones de asesoría a inversionistas en el mercado de valores (11:59 a.m.)
110032
21 de Septiembre de 2018
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El desarrollo de la actividad de asesoría a inversionistas en el mercado de valores posterior a la entrada en vigencia del Decreto 661 del 2018, por el cual se reguló esta actividad, debe ajustarse a las disposiciones incorporadas por esta norma, por lo que la aceptación expresa de los términos y condiciones para su cumplimiento es obligatoria para todos los clientes que deseen llevar a cabo nuevas operaciones para las que resulte obligatoria su aplicación. Para los clientes vinculados con anterioridad, la aceptación de los mencionados términos y condiciones adicionalmente será necesaria en los casos incluidos en el artículo 2.40.1.2.1. del Decreto 2555 del 2010, que prevén la ejecución o vinculación continua del cliente.
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