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¿Qué pasa cuando se devuelven recursos a los afectados en el régimen de intervención? (4:25 p.m.)

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06 de Noviembre de 2018

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Una vez devueltos en el régimen de intervención los recursos a todos los afectados reconocidos tanto en la etapa de toma de posesión para devolver como en la etapa del régimen de liquidación como medida de intervención se agota la razón de ser de la medida en el caso concreto y, por consiguiente, los sujetos de la intervención vuelven a un estado jurídico ordinario frente al proceso de liquidación judicial, indicó la Superintendencia de Sociedades. Lo anterior quiere decir que aun cuando quedan vinculados a un único proceso de liquidación judicial, el trámite que corresponde a cada sujeto debe ser administrado en forma separada y por una cuerda independiente, de acuerdo a las circunstancias de cada individuo o persona jurídica, en el marco de la Ley 1116 del 2006. 

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