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29 de Marzo de 2024 /
Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Mercantil


¿Qué es la minería bitcóin y por qué no está permitida en multinivel?

19 de Julio de 2018

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Nota:
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La Ley 1700 del 2013 reglamentó la actividad de comercialización en red o mercadeo multinivel y precisó que consiste en el mercadeo, promoción o venta de bienes o servicios, en la que se incorporan personas naturales para que estas, a su vez, incorporen a otras, quienes reciben pagos, compensaciones, descuentos u otros beneficios por la actividad.

 

La disposición prohíbe desarrollar actividades comerciales relacionadas con servicios o productos cuya prestación sea la actividad principal de entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera, y la venta o colocación de valores, incluyendo todos aquellos mediante los cuales se capten recursos del público, respecto de los cuales primará la realidad económica sobre la forma jurídica, al determinar el valor de naturaleza negociable.

 

Por su parte, indicó la Superintendencia de Sociedades, la bitcóin es una criptomoneda, es decir, un medio digital de intercambio o de pago basado en un código encriptado, asociado a una dirección que indica quién es el poseedor de la misma, cuyos movimientos se registran públicamente y su seguridad se garantiza mediante una alta tasa de procesamiento de algoritmos realizada por el público en general, a través de la actividad de minería.

 

Dicha minería consiste en la introducción de números aleatorios para realizar complejos cálculos matemáticos tendientes a descifrar el código y quien acierta puede ser compensado con un bloque o mina contentivo de monedas virtuales. Son necesarios varios equipos de cómputo ejecutando algoritmos criptográficos, probando números al azar hasta descifrar los bloques.

 

En estas transacciones con bitcóin no hay intermediarios, agentes financieros ni autoridades responsables de su valor ni de la seguridad de aquellas, como tampoco una regulación de las actividades asociadas, por lo que las autoridades colombianas han advertido al público sobre los riesgos que aparejan estas inversiones.

 

Así las cosas, las monedas virtuales o criptomendas no han sido reconocidas como instrumentos de valor ni tampoco se ha autorizado su uso en el mercado de valores, por lo que su actividad empresarial bajo la modalidad de multinivel resulta ilegal, precisó la entidad.   

 

(Supersociedades, Concepto 220-97361, jul. 10 – 18)    

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