Proveedores de comunicaciones deben informar sobre solicitudes que no requieren asignación de CUN (8:20 a.m.)
21 de Octubre de 2013
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Nota:
92068
Los proveedores de servicios de comunicaciones (internet, telefonía fija y móvil) deben remitir a la dirección de investigaciones de usuarios de servicios de comunicaciones de la Superintendencia de Industria y Comercio, dentro de los primeros 10 días hábiles siguientes al vencimiento de cada trimestre del año, la relación de las solicitudes de reconocimiento de SAP, de información que se pueda brindar inmediatamente al usuario y sobre sistemas de respuesta automática de llamadas o IVR (Interactive Voice Response), que no son peticiones, quejas y reclamos y, por lo tanto, no requieren la asignación de código único numérico (CUN). La asignación de código en estos eventos generan la anulación del mismo.
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